Gobierno expropia terrenos para construcción de Tren Maya

Gobierno expropia terrenos para construcción

El gobierno expropió por causa de utilidad pública la superficie de 261,884.873 m² a favor de la Federación para la construcción de los Tramos 5, 6 y 7 del Proyecto Tren Maya, correspondiente a 12 inmuebles de propiedad privada, en los municipios de Solidaridad y Bacalar, en el estado de Quintana Roo y en el municipio de Escárcega en el estado de Campeche.

«Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización»; en tanto que el artículo 28 de la misma constitución, en su párrafo cuarto, señala expresamente que «…los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación».

Sedatu expone que el Tren Maya es el más importante proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del presente sexenio. “Tendrá un recorrido de mil 525 kilómetros, pasará por los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo e interconectará las principales ciudades y sitios turísticos de la Península de Yucatán”.

La dependencia expone en el documento que es un proyecto orientado a incrementar la derrama económica del turismo en la Península de Yucatán, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible, proteger el medio ambiente de la zona desalentando actividades como la tala ilegal y el tráfico de especies y propiciar el ordenamiento territorial de la región.

Además, documentó que en escritura pública 98,727, de 5 de diciembre de 2018, se protocolizó el cambio de denominación de Fonatur Operadora Portuaria, S.A. de C.V., por el de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V.

Que de conformidad con los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Sedatu cumplió con el procedimiento establecido en la Ley de Expropiación y otorgó garantía de audiencia previa a los propietarios de los inmuebles de propiedad privada objeto del presente decreto.

Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales emitió los dictámenes valuatorios en los que determinó el monto unitario por metro cuadrado a indemnizar por la expropiación de cada uno de los bienes inmuebles que refiere el presente decreto.

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